EL I.P.V. CHUBUT VIOLA LA LEY
Medios de comunicación lo anticipaban. Auditoría
lo confirmó.
Por Luis Dupuy
Informe de la Auditoría hecha por la Subsecretaría
de Vivienda de la Nación al IPV Chubut, confirmó lo que desde
hace tiempo, y desde distintos medios periodísticos de la provincia
se venía anticipando. El documento concluye que el Instituto se apartó
del procedimiento anterior, ante lo cual dejó de cumplir con la Ley
vigente en nuestra provincia, en lo referido a la selección y adjudicación
de postulantes.
Se hace lo que yo digo
La confirmación de los hechos que hace la Auditoría, permiten
establecer una clara violación a lo que establece la Ley N° 1134
en sus artículos 14° Y 15°. El trabajo lleva la firma de los
funcionarios actuantes en dicha Auditoría, ellos son el Cdor. Javier
Ferrari, la Lic. Malka Hancevich, y los profesionales en arquitectura María
Elena Mazón y Federico Pomares.
Dice en un párrafo del documento: "De esta manera, el Instituto
- (IPV Chubut) -ha cambiado el sistema de selección de beneficiarios
de los programas de viviendas dado que anteriormente el mismo se realizaba
mediante puntaje".
En otra conclusión de la Auditoría agrega: "En el caso
de la Operatoria Obras Delegadas, la selección de los adjudicatarios
la realizan los diferentes Municipios de acuerdo a criterios propios",
afirma.
Lo que expresa y manda la Ley
El Artículo 15° de la Ley N° 1134, re numerada como Ley XXV
- N° 5, dice: " para determinar el Sistema de Puntaje para la adjudicación
de viviendas a los postulantes de las mismas, además de lo dispuesto
en el Artículo 14° deberá tenerse especialmente en cuenta
el grupo familiar nativo de esta provincia, residencia en el lugar donde se
solicita la vivienda y antiguedad de inscripción en el Registro Permanente
de Postulantes. El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
fijará el puntaje que corresponda por dichos conceptos".
Chubut en su Ley 1134 adoptó el sistema de "puntaje". Si
en el I.P.V., tal como lo afirma la Auditoría de Nación al decir:
"el Instituto ha cambiado el sistema de selección...dado que anteriormente
el mismo se realizaba mediante puntaje", deja en claro entonces que estaríamos
ante una reiterada violación a la norma vigente, ya que la Ley N°
1134 no fue nunca modifica en su artículo 15°.
Ocurriría también lo mismo, es decir el incumplimiento a la
ley actual, con el hecho de que los Municipios realicen la selección
de los adjudicatarios "de acuerdo a criterios propios", tal lo afirma
la Auditoría de Nación.
El Decreto Reglamentario de la Ley 1134, que es el N° 1171/84 fue firmado
por Don Atilio Oscar Viglione, en su Artículo 5° establece las
facultades y obligaciones del Directorio del I.P.V., a saber 1) - Cumplir
y hacer cumplir las leyes y decretos relacionados con la actividad y objetivos
del Instituto, la Ley de su creación y toda otra norma que en consecuencia
se dicte. Y en el punto 18) del artículo se refiere a que es potestad
del Directorio reglamentar las bases para el otorgamiento de los beneficios
de la Ley y sistemas de adjudicaciones, entre otras prerrogativas.
Son nulos los criterios propios
Es decir no puede haber "criterios propios" en los Municipios, según
los términos que expresa y concluye la Auditoría de Nación.
La Ley N° 1134 establece el sistema de "puntaje", hay un Decreto
Reglamentario y Resoluciones como 1044/91 que tiene un Instructivo de Procedimiento
para la Selección y Adjudicación de Postulantes, por lo tanto
es inadmisible que Municipios, Delegaciones de Fomento, Concejos Deliberantes,
o quien sea utilice "criterios propios".
Dado que fue anulado el Directorio del I.P.V. y todas sus responsabilidades
y funciones quedaron a cargo del Presidente del Instituto, es este funcionario
el responsable de hacer cumplir la Ley, y la misma no estipula los "criterios
propios", que al decir de los profesionales de Nación, se habrían
utilizado en los casos de Obras Delegadas.
Nación ya lo venía observando
Según pudimos saber en una auditoría anterior a la que nos referíamos,
quienes la efectuaron expresaban: "La demanda satisfecha de postulantes
a viviendas...no ingresó directamente al Padrón de Adjudicatarios,
ni se controló en el Padrón de Inscriptos. No se mantuvieron
en el Área Social las Resoluciones de adjudicación centralizadas
con su legajo correspondiente... el Municipio, la Comuna Rural o el Concejo
Deliberante dispusieron libremente de esta facultad".
Estas definiciones son parte de una Auditoría previa firmada por Ferrari,
Mazón, Pomares y la Lic. Ana Bas Cortada, quienes viajaron desde Buenos
Aires en representación del organismo nacional. Estos profesionales
de la Subsecretaría de Viviendas de la Nación, en ese documento
agregaron: "...a criterio de este Sistema de Evaluación de los
procesos institucionales, se recomienda restituir al Área Social del
I.P.V. y D.U. el control centralizado de estas entregas/adjudicaciones para
ahondar en el análisis y regulación sobre el uso de los recursos,
para asegurar su transparencia y eficacia".
La última Auditoría de Nación
Otra conclusión y contundente, se lee en la última Auditoría
realizada entre el 3 y 7 de Abril de 2011. En la página 18 del extenso
informe se menciona. "En el caso de Obras Delegadas, la Selección
de los Adjudicatarios la realizan los diferentes Municipios de acuerdo a criterios
propios. Cabe destacar que no existe un compromiso explícito por el
cual los Municipios deban informar los datos de los adjudicatarios al IPV,
razón por la cual éste último no cuenta con la información
de las viviendas entregadas en esta modalidad".
Vale comentar que esta Auditoria nos fue entregada el último día
hábil de 2011.
Un dato de la realidad
En cada paraje, pueblo o ciudad en los que se han entregado viviendas en los
últimos años, las denuncias públicas y quejas por el
otorgamiento a personas o familias que no les correspondería, o no
la necesitaban, son una constante y miles de chubutenses se han manifestado
indignados y estafados moralmente. Suele escucharse a creyentes religiosos
decir solo DIOS sabe cómo hicieron para que les den una casa.
Con un Registro de Postulantes que ya rondaría en los 33.000 anotados
según la proyección que hacen entendidos en la problemática
habitacional del Chubut, las nuevas autoridades provinciales y en particular
del IPV, tienen todo un desafío por delante para achicar el tremendo
déficit habitacional que tenemos, y optimizar todos los procedimientos,
entre ellos el de la selección y adjudicación para los nuevos
planes a entregar, y hacer que se cumpla con la Resolución 1044/91,
se publiquen las nóminas de adjudicatarios y se abra un registro de
impugnaciones.
Es de esperar que se respete la Ley vigente, y que las viviendas las reciban
los que más las necesitan y no como ocurriera en centenares de casos
en el pasado inmediato en el que fueron favorecidos funcionarios, familiares
y amigos del poder.
A un mes del comienzo de la gestión de Martin Buzzi, entendemos que
la mayoría de la ciudadanía mantiene la esperanza de éxitos
para su gestión, y que el nuevo Gobernador haga las cosas bien, es
decir que cumpla y haga cumplir la Ley.