Posible daño ambiental
EL TRIBUNAL REVISOR OTORGÓ LA MEDIDA CAUTELAR
POR 60 DÍAS
Los Dres. Martín O’ Connor y Anabel Rodríguez resolvieron
otorgar la medida de no innovar solicitada por la Fiscalía por un plazo
de 60 días, entendiendo que este plazo puede resultar suficiente a la
investigación y no demasiado extenso
para minimizar el perjuicio que pudiera generarse al Estado con la paralización
de los trabajos. Los magistrados otorgaron la medida en relación a las
parcelas citadas por la investigación, y no a un sector mayor del río
Percey. También señalaron que la resolución no es inmutable,
sino que de demostrarse la necesidad y condiciones para que esta sea modificada
en alguno de sus puntos, se podrá modificar.
Los jueces consideraron que la resolución cuestionada por Fernando Rivarola se encuentra debidamente fundamentada y no se contradice con la resolución anterior del mismo magistrado. La situación varió desde que los organismos pertinentes autorizaron a realizar los trabajos de extracción de áridos en el sector. Sin embargo, que tales trabajos puedan afectar el normal desenvolvimiento de la investigación fiscal, y que se constituyan en un obstáculo para determinar si produjeron o no daño ambiental en el lugar, sí fue tenido como motivo suficiente para dictar la medida por parte de los magistrados.
Habría delito
La extracción de áridos previamente a la existencia de la autorización
correspondiente sí podría constituir una acción antijurídica
prevista por la ley penal en las figuras de hurto, incumplimiento de los deberes
de funcionario público o daño. Cualquiera de ellas amerita una
investigación penal con la consecuente realización de un estudio
técnico pericial. Por ese
motivo los jueces entendieron con la Fiscalía que la continuidad de los
trabajos de extracción obstaculiza esa tarea.
Rivarola había solicitado que la paralización de los trabajos
se realice a lo largo de todo el rio Percey, y esto fue rechazado por el tribunal
por considerar que no fue debidamente acreditada esta necesidad, agregando que
no se otorga por el plazo total de la investigación por ser conscientes
de que se paralizarían trabajos destinados al bienestar público
como lo es la
pavimentación de la Ruta 71.
La resolución fue informada al Instituto Provincial del Agua, al Ministerio
de Medioambiente y de control de Desarrollo Sustentable, a la Administración
de Vialidad Provincial y a la Municipalidad de Trevelin.